Resolución que obliga a informar sobre cuentas de no residentes está en consulta pública hasta la próxima semana

  • La medida forma parte de las acciones que el Servicio realiza para cautelar el cumplimiento de los contribuyentes y la recaudación asociada al impuesto, el que representa cerca de la mitad de los ingresos tributarios anuales.
  • La nómina de los contribuyentes retenidos y de los agentes retenedores se publicará y se actualizará semestralmente en junio y diciembre de cada año.

El 1 de agosto de 2018 entrará en vigencia un nuevo tipo de Cambio de Sujeto del IVA, que se aplicará a contribuyentes de todos los sectores de la economía nacional que presenten de forma reiterada brechas de cumplimiento tributario asociados principalmente a las obligaciones del IVA, tales como no presentar la declaración mensual o bien subdeclarar el impuesto. La medida fue dada a conocer mediante la publicación de la Resolución N°42, del 30 de abril de 2018.

El cambio de sujeto significa trasladar la obligación de retener y declarar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), desde el vendedor al adquirente. Este, a su vez, debe emitir una factura de compra, en la cual se especifica el monto y porcentaje de IVA retenido a terceros. Hasta la fecha, los cambios de sujetos aplicaban solo a operaciones de compras o ventas de determinados productos o la prestación de ciertos servicios, sin embargo, con esta nueva medida se aplicará por primera vez, considerando el comportamiento y clasificación de riesgo de los contribuyentes.

La medida forma parte del Modelo de Cumplimiento Tributario que el SII se encuentra aplicando, el que considera acciones de tratamiento proporcionales al nivel de cumplimiento de los contribuyentes.

La incorporación de este Cambio de Sujeto es posible por la información disponible en los Registros de Compras y Ventas y la Propuesta de formulario 29 de IVA, que el Servicio construye automáticamente para todos los contribuyentes, en base a los documentos tributarios electrónicos.

Junto con favorecer la recaudación del impuesto, esta medida permitirá reducir las acciones de fiscalización y la aplicación de multas e intereses asociados a incumplimientos de IVA para los contribuyentes retenidos; junto con simplificar el procedimiento administrativo para los pequeños contribuyentes, ya que es el agente retenedor el que se encarga de la emisión de la factura de compra y de enterar el débito fiscal. Adicionalmente, se genera mayor certeza tributaria para los compradores que no verán cuestionamientos a sus IVA créditos fiscales por sus compras y por lo mismo, se cierran espacios para casos de fraudes tributarios.

Nómina de contribuyentes sujetos a retención

Se estima que más de 1.500 contribuyentes quedarán sujetos a la retención total del IVA. Estos se definirán en función de incumplimientos reiterados en obligaciones tributarias asociadas a la declaración y pago del impuesto, entre ellas: emisores de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE) que no presentan el Formulario 29; subdeclarantes o sobredeclarantes de IVA, o bien contribuyentes que no han pagado los giros emitidos por postergación de IVA o por declaraciones fuera de plazo. También se podría incluir a contribuyentes con domicilio inexistente, no ubicado y/o inconcurrente a notificaciones de requerimiento de antecedentes o en un proceso de recopilación de antecedentes o a quienes no han presentado la declaración del Impuesto Anual a la Renta, y que sin embargo, durante el periodo emitieron facturas electrónicas afectas a IVA.

Los contribuyentes sujetos a la retención del IVA pueden pedir la devolución de sus créditos fiscales, para lo cual el SII tiene habilitada una plataforma electrónica en sii.cl, que permite completar el Formulario 3560 de “Solicitud de Devolución de IVA, por Cambio de Sujeto”.

La nómina de Agentes Retenedores, en tanto, estaría conformada por 237 Grandes Empresas de todos los sectores de la economía nacional.

La publicación de la Resolución N°42 deja sin efecto la Resolución N°2 del 12 de enero de 2018, que ponía fin a la excepción de las retenciones por cambio de sujeto a las operaciones respaldadas con Documentos Tributarios Electrónicos.

Fuente: SII // http://www.sii.cl/noticias/